jueves, 28 de noviembre de 2013

Romerías en mercados públicos



Reforman normas para realizar Romerías en mercados públicos


México, 28 Nov. (Notimex).- La Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal dio a conocer modificaciones a las normas para realizar romerías en los mercados públicos del Distrito Federal.


Se especifica que las zonas de dichos establecimientos, son las adyacentes a los mercados públicos y que éstas se excluyen del supuesto contenido en el artículo 304 del Código Fiscal del Distrito Federal, por lo que las Romerías no se consideran reguladas por los programas de reordenamiento del comercio en la vía pública.


La disposición publicada en la gaceta del Gobierno del Distrito Federal se indica que se autoriza la celebración de Romerías, en las festividades tradicionales y en los periodos siguientes; fiestas patrias, del 20 de agosto al 16 de septiembre; Día de muertos, del 05 de octubre al 3 de noviembre y Navideña y de Reyes, del 15 de noviembre al 7 de enero del año siguiente.


La delegación autorizará como horario para la celebración de Romerías en mercados públicos de las 08:00 a las 23:00 horas, de lunes a domingo y asignará los espacios para el desarrollo de las actividades comerciales, considerando preferentemente a los locatarios con mayor antigüedad en la celebración de Romerías, sin omitir las nuevas solicitudes de ingreso.


Entre otras disposiciones se indica que se deberá contratar el servicio de energía eléctrica que sea necesario con la Comisión Federal de Electricidad, así como tratar lo referente a las bajadas de tomas de luz para los puestos.


Para la obtención del permiso para la realización de Romerías, los locatarios de Mercados Públicos se sujetarán a los requisitos y formatos establecidos en el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal vigente.



Romerías en mercados públicos

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